Huermur solicitó en febrero de 2020 al Ayuntamiento de Murcia copia del “Plan Renace” anunciado en multitud de ocasiones por el exgobierno de la capital, sobre la mejora de parques y jardines del municipio. En septiembre la administración local respondió a Huermur de forma deficiente, por lo que se interpuso una reclamación.
El Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia ha resuelto instar al Ayuntamiento de Murcia la entrega de dicho plan en 15 días, y califica la respuesta dada en septiembre como un escrito “huérfano de cualquier argumentación o motivación referente a la información solicitada”.
Transparencia remarca que “Hay una evidente incongruencia, sin mediar justificación ni motivación, entre la información solicitada y aquella a la que se da acceso”, por lo que Huermur sospecha que dicho plan anunciado hasta la saciedad podría no existir como tal.
La Asociación para la Conservación del Patrimonio de la Huerta de Murcia (Huermur) señala que el Consejo de Transparencia de la Región de Murcia (órgano independiente de control en materia de transparencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que vela por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa y garantiza el derecho de acceso a la información pública) ha obligado al Ayuntamiento de Murcia a que dé acceso completo a Huermur al “Plan Renace”, anunciado en multitud de ocasiones por el anterior gobierno municipal.
Huermur solicitó en febrero de 2020 al Ayuntamiento de Murcia copia completa del “Plan Renace” sobre la mejora de parques y jardines del municipio. En septiembre del año pasado la administración local respondió a Huermur de forma muy deficiente, por lo que se interpuso la correspondiente reclamación ante el Consejo de la Transparencia.
Ahora, el Consejo ha resuelto instar al Ayuntamiento de Murcia que entregue a Huermur dicho plan en el plazo 15 días, y califica la respuesta dada en septiembre como un escrito “huérfano de cualquier argumentación o motivación referente a la información solicitada”. Este órgano supervisor de la transparencia en la administración pública señala igualmente en su resolución que “La contestación del Teniente de Alcalde de Desarrollo Urbano y Modernización Administrativa, de fecha 21 de septiembre de 2020 a la solicitud de HUERMUR, de fecha 19 de febrero de 2020, ni se corresponde con lo pedido ni tampoco se pronuncia sobre lo que se solicita. El escrito de este órgano municipal es una contestación que no adopta la forma convencional de una resolución, con exposición, fundamentación o motivación y posterior disposición. Más bien es una especie de simple formulario carente de cualquier consideración o motivación sobre lo solicitado.”
En el mismo sentido el Consejo de la Transparencia señala que “En el caso que nos ocupa, la documentación que se ha puesto a disposición del reclamante, no es el “Plan Renace”. Es un conjunto de proyectos ejecutados en el año 2020 que el Ayuntamiento señala que están incluidos en dicho plan. Sin embargo, el acceso solicitado y después reclamado es al “Plan Renace” del Ayuntamiento de Murcia. Sobre la documentación pública cuyo acceso se ha solicitado, el Teniente de Alcalde de Desarrollo Urbano y Modernización Administrativa, en su contestación a HUERMUR el día 21 de septiembre de 2020, no se pronuncia. Hay una evidente incongruencia, sin mediar justificación ni motivación, entre la información solicitada y aquella a la que se da acceso.”
Añadiendo el órgano de transparencia que “El acceso que se solicitó al Ayuntamiento de Murcia, al “Plan Renace” no ha sido concedido sin que las autoridades municipales competentes hayan puesto de manifiesto ningún límite ni restricción al ejercicio del derecho solicitado. Esta actuación ha privado al reclamante de conocer los motivos por los cuales no se le ha facilitado el derecho de acceso a la información que ha solicitado vulnerándose lo dispuesto en el artículo 4.1 LTPC.
El Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia finaliza la resolución emitida, dictaminando que “la documentación solicitada tiene la condición de información pública y que no se ha manifestado por parte de la Administración que se presenten, en acceso solicitado, impedimentos que determinen la concurrencia de los límites recogidos en los artículos 14 y 15 de la LTAIBG, ni la existencia de causas de inadmisión del artículo 18, este Consejo considera que procede estimar la reclamación presentada.”
En este sentido, Huermur señala que una vez más queda en evidencia la gestión municipal del exgobierno del Ayuntamiento de Murcia en referencia a sus políticas de parques y jardines, pues en el momento en el que se rasca un poco sobre cada anuncio, comienzan a aparecer este tipo de cosas que ponen sobre la mesa serias dudas sobre toda la publicidad y propaganda que el ayuntamiento ha estado dando en los últimos años, sobre una materia tan importante como las zonas verdes y parques del municipio de Murcia, íntimamente ligada al medioambiente.
Por último, Huermur espera que el Ayuntamiento de Murcia atienda el requerimiento del Consejo de la Transparencia y facilite de forma completa el famoso “Plan Renace” anunciado hasta la saciedad por el anterior gobierno municipal, o en su defecto si así procediera, comunique su posible inexistencia. La entidad conservacionista ha puesto estos hechos en conocimiento de los nuevos responsables municipales para que rectifiquen la actitud del anterior equipo de gobierno.