PROPUESTA A LAS FORMACIONES POLÍTICAS DE CARA A LAS ELECCIONES AUTONÓMICAS Y MUNICIPALES DEL 28 DE MAYO DE 2023
INTRODUCCIÓN
En los comicios electorales de los últimos años, Huermur ha venido realizando y trasladando a las diferentes formaciones políticas y partidos que se han presentado a las elecciones, tanto municipales, como autonómicas, generales y europeas, una serie de propuestas y medidas.
A estas alturas, estas iniciativas son ya públicas y notorias. La conservación de la Huerta de Murcia, su paisaje, acequias, patrimonio y medio ambiente, son un ejemplo.
Pero Huermur ha observado como todas estas propuestas y medidas, pioneras cuando nacieron hace ya años, que buenamente han sido copiadas por otros colectivos y entidades, han caído de forma sistemática en el saco roto de los políticos, en especial, de los que más tarde se convirtieron en gobernantes.
Ante esto, al margen de las propuestas, ideas y proyectos que otros quieran volver a proponer y colocar sobre la mesa, Huermur ha llegado a la conclusión de que lo más urgente es el cumplimiento escrupuloso de la Ley. ¿De qué nos sirven las ideas, propuestas y proyectos si al no cumplirse la ley se está destruyendo lo que se intenta proteger? ¿Sobre qué se harán esas propuestas e ideas, si cuando llegue el momento ya no queda nada sobre lo que trabajar?
Está muy bien realizar nuevas propuestas, pero llegados al punto en el que se encuentra la Huerta, el territorio, la Región de Murcia y el patrimonio, hay que recordar que estamos en un estado de Derecho, donde el cumplimiento de la ley es la base de todo lo demás. Sin ley no hay sociedad ni futuro.
Por todo ello, Huermur ya no propone ideas a las candidaturas, sino que insta a los candidatos y formaciones políticas que concurren a las elecciones del 28 de mayo, y en especial a los que finalmente gobiernen, que cumplan el ordenamiento jurídico vigente, con el fin de conseguir definitivamente la protección y conservación de la Huerta de Murcia, el medio ambiente y el patrimonio histórico y cultural.
Huermur, mayo de 2023.
CUMPLIMIENTO DE LA SIGUIENTE LEGISLACIÓN Y NORMATIVA:
PATRIMONIO CULTURAL.
Artículo 46 de la Constitución Española. Conservación del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España.
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y los reglamentos que la desarrollan.
Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Convenios y disposiciones internaciones ratificadas por el Reino de España, como por ejemplo, el Convenio marco del Consejo de Europa sobre el valor del patrimonio cultural para la sociedad, hecho en Faro el 25 de octubre de 2005.
Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Estipulaciones y normativa de los diferentes planes generales de ordenación urbana (o NN.SS) de los municipios de Murcia, Alcantarilla, Santomera y Beniel. En especial los catálogos de protección de los bienes culturales.
HUERTA Y ACEQUIAS.
Artículo 9.1.3. del PGOU de Murcia sobre la Preservación del Paisaje Tradicional, que obliga a mantener las acequias y cauces de la Huerta de Murcia de forma natural y con su vegetación asociada, impidiendo entubamientos, talas y destrucción de acequias.
Ordenanzas y Costumbres de la Huerta de Murcia, que son plenamente vigentes y ejecutivas.
Diferentes protecciones desde el punto de vista del patrimonio cultural que existen sobre acequias, bienes y elementos de la huerta y la red de regadío tradicional (remisión al apartado anterior de patrimonio).
URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, y todas aquellas disposiciones que la desarrollan y complementan.
Convenio del Consejo de Europa sobre el Paisaje, llevado a cabo en Florencia el 20 de octubre de 2000.
MEDIO AMBIENTE.
Artículo 45 de la Constitución Española. Conservación del medio ambiente.
Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE).
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Ley 4/2009, de 14 de mayo, de protección ambiental integrada.
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.
AGUAS.
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.
Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
TRANSPARENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Ordenanza de Transparencia de Acceso a la Información, Reutilización y Buen Gobierno del Ayuntamiento de Murcia.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
SENTENCIAS Y JURISPRUDENCIA DE LOS TRIBUNALES.
Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones judiciales que han dictado y dicten los tribunales, y donde se establecen los criterios, interpretaciones y formas de cumplir la Ley, especialmente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.